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Acreditación: Introducción y Marco Normativo

Marco normativo

La evaluación de méritos y competencias para la acreditación estatal a los cuerpos docentes universitarios se realizará de acuerdo con el Procedimiento desarrollado por ANECA en aplicación del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio. por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos. 

Este procedimiento se aplicará a las solicitudes presentadas a partir del 1 de abril de 2024

Otra normativa relacionada con este proceso:

Consideraciones

  • El nuevo procedimiento entra en vigor a partir del 1 de abril de 2024. 
  • Convocatoria permanentemente abierta.
  • Se ha de presentar en un CV estandarizado por la FECYT. Su denominación es CVA-ANECA. Aquí puedes consultar cómo generarlo
  • La suma de los ítems particulares suman más de 100, pero el mínimo es de 50 en cada bloque.
  • Muy importante la buena selección de los méritos y cómo se van a narrar.
  • La narrativa cobra mucha más importancia y se va a tener en cuenta en todos los apartados.
  • Se abre el abanico a la tipología de las aportaciones. Por ejemplo: se incluyen los conjuntos de datos, las metodologías, los programas de ordenador o los modelos de aprendizaje automático. 
  • La LCTI obliga al depósito de las contribuciones financiadas mayoritariamente con fondos públicos. 
  • El 8 de febrero se publicó un borrador y hubo un proceso de participación mediante la habilitación de una plataforma que permitió un proceso de consulta pública (se puede consultar en) en el que intervinieron la 2.802 participantes, que han presentado 2.127 enmiendas y que han realizado un total de 3.281 comentarios.
  • Respecto al borrador publicado en febrero por la ANECA, se han eliminado los mínimos obligatorios para la mayor parte de los méritos, incluyendo: estancias, proyectos de investigación, transferencia, liderazgo, y labores de tutorización.

Criterios de evaluación

Convocatoria permanentemente abierta donde se evalúan méritos y competencias referidos a:

  • Investigación, transferencia e intercambio del conocimiento
  • Actividad docente
  • Liderazgo (Sólo requerido para la Acreditación a CU)
  • Actividad profesional (sólo requerido en las áreas clínicas de Ciencias de la Salud)

Sólo será obligatorio obtener puntuación mínima de méritos en los siguientes apartados:

  • En Investigación y transferencia del conocimiento en el apartado de:
    • Actividad investigadora (mínimo 30 puntos, máximo 40)
  • En Docencia en los apartados de:
    • Dedicación docente (25-35)
    • Calidad de la investigación docente (5-15)
  • En Liderazgo (apartado obligatorio sólo para CU):
    •  Dirección de Tesis Doctorales y Trabajos Fin de Máster (10-30)

Para obtener una evaluación positiva es necesario alcanzar 50 puntos en cada bloque.

Repositorio

En concordancia con el apartado 2 del artículo 37 de la LCTI, existe la obligación de depositar las aportaciones en un repositorio de acceso abierto.

"El personal de investigación del sector público o cuya actividad investigadora esté financiada mayoritariamente con fondos públicos y que opte por diseminar sus resultados de investigación en publicaciones científicas, deberá depositar una copia de la versión final aceptada para publicación y los datos asociados a las mismas en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, de forma simultánea a la fecha de publicación" 

Enlace a guía sobre cómo depositar un documento en el repositorio institucional BURJC-Digital.

Principales novedades

La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) ha publicado los nuevos criterios de evaluación y requisitos mínimos de referencia de los méritos y competencias requeridos para obtener la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios. Puedes consultar los criterios AQUÍ.

  • Se reduce la burocracia
  • Conexión entre distintos programas de evaluación de ANECA: Se ha mejorado la conexión entre los sexenios de investigación y de transferencia y el programa de evaluación de la calidad docente DOCENTIA.
  1. Reconocimiento automático de sexenios en los méritos de la actividad investigadora:
    1. PTU: se obtendrá el mínimo exigido con 1 sexenios y el máximo con 2
    2. CU: se obtendrá el mínimo exigido con 3 sexenios y el máximo con 4
  2. Reconocimiento automático de dedicación docente a través de quinquenios:
    1. PTU: se podrá alcanzar el mínimo con la evaluación positiva de un quinquenio docente.
    2. CU: se podrá alcanzar el mínimo con la evaluación positiva de dos quinquenios docentes.
  3. Reconocimiento automático de calidad docente a través del programa DOCENTIA o programas análogos. Más información pinchando Aquí

Cambio de paradigma

Antes:

  • Se consideraba todo el CV.
  • Había que certificar toda la documentación.
  • El apartado de investigación se basaba en indicadores bibliométricos del medio de difusión y con poca flexibilidad.

Ahora:

  • CVA-ANECA
  • Se amplía la variedad de méritos a evaluar (antes se circunscribía básicamente a trabajos de investigación publicados y al número de horas de clase). 
  • Imita el sistema de sexenios: Puedes seleccionar tus mejores aportaciones (autoevaluación), antes era exhaustivo. Por tanto, se convierte en un proceso selectivo y narrativo. Se confía en el investigador porque no se piden certificados. 

Anexos para los criterios

ANEXO I. Criterios generales de evaluación de la actividad investigadora. Tomados de los criterios generales publicados en las convocatoria de Sexenios. 

  • Se amplía el abanico de aportaciones, incluyendo los conjuntos de datos, las metodologías, los programas de ordenador o los modelos de aprendizaje automático.
  • Las aportaciones solo serán valorables si contribuyen al progreso del conocimiento y presentan impacto científico o social
  • se valorarán positivamente los resultados de investigaciones multidisciplinares e interdisciplinares.
  • Se promoverá la investigación en las lenguas oficiales de los territorios
  • De acuerdo con el artículo 37 de la LCTI y el artículo 12 de la LOSU, se requerirá el depósito de los resultados de la investigación. Necesario poner los identificadores persistentes.
  • En caso de coautoría se utilizará la Taxonomía CREDIT para justificar el rol desempeñado en la contribución.
  • La calidad del medio de difusión puede servir como argumento complementario, pero no servirá para obtener una valoración positiva de forma automática.
  • Los Baremos generales de aplicación son los mismo que en Sexenios
  • Para la identificación de dimensiones, métricas y fuentes para avalar la relevancia y el impacto de las aportaciones presentadas en todas las comisiones se remite al Apéndice de la Resolución CNEAI de 5 de diciembre de 2023.

ANEXO II. Criterios específicos de evaluación de la actividad investigadora

  • 31 comisiones encargadas de los criterios específicos. Las puedes consultar aquí

ANEXO III. Modelo de autoinforme para calidad docente

  • Este autoinforme debe ser el resultado de un proceso de análisis y reflexión sobre la docencia impartida. Se deben analizar de forma sintética las siguientes dimensiones:
    • A Encargo docente.
    • B Planificación.
    • C Desarrollo.
    • D Resultados de la enseñanza.
  • Extensión máxima de 5 páginas. 
Última actualización: 2024