La Ley de Propiedad Intelectual (cuyo Texto Refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril), en su artículo 32.1, permite incluir en nuestro trabajo fragmentos de obras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual (...) si su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico, si es con fines docentes o de investigación, pero indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.
A TENER EN CUENTA
a) Cualquier obra tiene derechos de autor, ya que nace con la creación de la obra en si, no se exige ninguna inscripción en un registro.
b) Solo el autor de la obra tiene derecho a utilizarla, si alguna otra persona o entidad quiere hacer uso de esta obra, tiene que pedirle permiso o, en su caso, pagar al autor por su uso.
c) Las imágenes, tablas, gráficos o cualquier otro elemento incluido en una obra también tienen derechos de autor, por lo que se deben citar o enlazar, no incluir.
Se cita correctamente si se indica de dónde ha sacado el autor de un trabajo la información y los datos que presenta. Siempre hay que:
DIFERENCIAS ENTRE CITA Y REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA
1. Cita: mención abreviada de una contribución dentro del texto. Toda cita dentro del texto, por ejemplo (1) o (Pérez, 2019) se ha de corresponder con una referencia bibliográfica completa al final del mismo. Las citas bibliográficas dependen de cada estilo o formato bibliográfico.
2. Referencia: conjunto de datos bibliográficos que permiten la identificación de un documento. Se sitúa como nota a pie de página, al final del capítulo o al final de todo el texto.
Existen diferentes estilos bibliográficos y normas internacionales de redacción de bibliografías. La selección del estilo o norma vendrá recomendada por:
–el profesor
–la universidad donde se estudia
–la revista o congreso, en el caso de publicaciones de investigadores
–los organismos que disponen de su propio estilo.
Existen estilos bibliográficos de ámbito internacional, que se han venido aplicando a disciplinas más o menos amplias y que responden a los diferentes “estilos científicos” que deben tener los trabajos de investigación, es decir:
–modos de estructurar los contenidos.
–forma de redactar los artículos científicos.
–presentación.
–organización del contenido.
–formas de hacer abreviaturas, cuadros, gráficos y documentos adjuntos.
–formas de elaborar citas bibliográficas y listas de referencias.
Los diferentes estilos proporcionan un conjunto de reglas que establecen los datos necesarios en cada tipo de documento, el orden que han de tener y el formato tipográfico.
Dominio público: patrimonio intelectual que está libre de toda exclusividad en su acceso y utilización. Incluye elementos que no tienen restricciones de derecho de autor establecidas, así como obras literarias, artísticas o científicas en las que ha expirado el plazo de protección del derecho de autor.
En España, se puede utilizar libremente obras que estén en dominio público siempre que se respete la autoría y la integridad de la obra. Sobre una obra pueden recaer derechos de diferentes tipos de autoría: traducciones, arreglos musicales, ilustraciones, introducciones o comentarios en obras de un autor.
No existe un dominio público único en todo el mundo.
Para localizar las obras que están en dominio público en España, se puede consultar la Biblioteca Nacional (BNE).
- Dominio público. infografía elaborada por REBIUN.
- Pautas para la creación y publicación de material audiovisual en las Universidades: Guía para estudiantes, elaboradas por Grupo de trabajo de la Línea 2 Objetivo 5 de REBIUN.
Plagiar consiste en "copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias", según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua (DRAE).
Si no se cita, se incurre:
1.- en una falta de honestidad académica:
2.- es contrario a un uso ético de la información, al aprovecharse del esfuerzo de otros.
3.- se considera un delito: va en contra de los derechos de autor y se considera un delito (art. 270 del Código Penal).
Consejos para evitar el plagio: citar, parafrasear, usar comillas, utilizar gestores de referencias.
Para aprender más sobre este tema, consulta:
- Material elaborado por la Línea 2 de REBIUN
- El plagio, preguntas frecuentes, web elaborada por FESABID
Desde la elaboración de los primeros trabajos académicos y científicos es muy importante utilizar siempre la misma firma, de manera normalizada para consiguir reducir la ambigüedad en la identificación de los autores, provocada por la variabilidad de la firma científica.
OBJETIVOS:
a) Reducir la falta de visibilidad
b) Disminuir la dificultad para recuperar toda la producción científica de un autor.
c) Conseguir un mayor impacto
Guía sobre Firma científica
Antes de comenzar un trabajo académico, consulta trabajos previos. En la Biblioteca universitaria de la URJC (BURJC), puedes localizar estos trabajos a través de la BURJC Digital
También puedes consultar Proyectos de Fin de Carrera de Ingeniería y Arquitectura.
VENTAJAS:
1. CONSERVAR: En la BURJC Digital, el repositorio institucional de la URJC, se conservan los TFG y TFM que los estudiantes han ido defendiendo al finalizar sus estudios de Grado o de Master de acuerdo, en cada momento, con la normativa vigente.
2. PUBLICAR EN LA BURJC DIGITAL: VENTAJAS
-Evita los enlaces rotos a los documentos mediante una URL permanente.
-Preserva los documentos.
-Consigue una mayor visibilidad para tu trabajo.
3. PROTEGE TUS DERECHOS DE AUTOR: Licencias Creative Commons Y DIFUNDE
Utiliza las licencias Creative Commons para conseguir una mayor difusión de tus trabajos y proteger tus derechos de autor también al publicar en abierto, a la vez que perrmites que otras personas copien y distribuyan tu obra, pero reconociendo tu autoría y bajo las condiciones que tú decidas.
También así se ayuda a luchar contra el plagio.
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